Principio en virtud del cual una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo delito.
En EE.UU., el principio de cosa juzgada está consagrado en la V enmienda de la Constitución de los Estados Unidos de América que establece que "la vida de una persona no será puesta en peligro dos veces por el mismo delito . La disposición impide que sea juzgada nuevamente tras su absolución o condena por un delito y prohíbe las condenas múltiples por el mismo delito. Por esta razón, una persona no puede ser declarada culpable de homicidio y de cuasidelito de homicidio por el mismo hecho, ni puede ser juzgada nuevamente por el mismo delito después de pronunciada sentencia en el caso. Sin perjuicio de lo anterior, una persona puede ser condenada por homicidio y por robo si el primero tuvo su origen en el segundo. El principio de cosa juzgada no se infringe si una persona es acusada de una conducta derivada de un delito por el cual ha sido acusada en una jurisdicción diferente o en un tribunal distinto (p. ej., un tribunal civil en vez de un tribunal del crimen). See also debido proceso, derechos del inculpado.
Enciclopedia Universal. 2012.