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Ministerio
(Del lat. ministerium, servicio.)
sustantivo masculino
1 POLÍTICA Gobierno de un estado, considerado en el conjunto de departamentos en que se divide.
SINÓNIMO gabinete
2 POLÍTICA Cada uno de los departamentos en que se divide la función de gobierno de un estado:
trabaja en el ministerio de justicia.
SINÓNIMO [departamento ministerial]
3 POLÍTICA Cargo de ministro de un estado y tiempo que dura su ejercicio:
ha dimitido de su ministerio.
SINÓNIMO empleo
4 Edificio en el que están las oficinas de cada departamento ministerial.
5 POLÍTICA Cuerpo de ministros de un estado:
el ministerio en pleno asistió a la boda real.
6 Cargo, empleo u oficio de una persona:
ministerio judicial; ministerio profesional.
SINÓNIMO ocupación
7 Uso o destino que tienen las cosas.
8 RELIGIÓN Servicio eclesial derivado del sacramento del orden sacerdotal.

FRASEOLOGÍA
ministerio fiscal o público DERECHO, POLÍTICA Representación de la ley y del interés público ante los tribunales de justicia, que está atribuida al propio fiscal.

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ministerio (del lat. «ministerĭum», servicio)
1 m. *Función propia de alguien, particularmente cuando es elevada; como la del maestro, la del sacerdote, la del médico o la del que administra justicia. ≃ Misión.
2 Uso, función o cometido propio de una cosa no material: ‘Por ministerio de la ley’.
3 Cada uno de los departamentos encargados de un determinado género de asuntos, en que se divide el gobierno de un estado. ≃ Departamento ministerial. ⇒ *Gobernar. *Ministro.
4 Cargo de ministro.
5 Edificio en que está instalado un ministerio.
6 Conjunto de los ministros.
M. fiscal [o público]. Misión y función del fiscal en los *tribunales de justicia. ⊚ El *fiscal mismo, en el ejercicio de sus funciones.
Notas de uso
Los nombres de los ministerios se forman añadiendo a la palabra «Ministerio» una especificación relativa a sus atribuciones. Las denominaciones de los ministerios así como las funciones asignadas a los mismos han ido variando a lo largo de la historia y, por lo tanto, no es posible hacer una lista cerrada de ellos. Se citan a continuación los siguientes a modo de ejemplo: ‘Ministerio de Hacienda, Ministerio de Economía y Hacienda, Ministerio de Asuntos Exteriores, Ministerio de Obras Públicas, Ministerio de Educación Nacional, Ministerio de Educación y Ciencia’.

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ministerio. (Del lat. ministerĭum, servicio). m. Gobierno del Estado, considerado en el conjunto de los varios departamentos en que se divide. || 2. Empleo de ministro. || 3. Tiempo que dura su ejercicio. || 4. Cuerpo de ministros del Estado. || 5. Cada uno de los departamentos en que se divide la gobernación del Estado. Ministerio de Agricultura, de Hacienda, de Industria, de Obras Públicas, de Trabajo. || 6. Edificio en que se hallan las oficinas de cada departamento ministerial. || 7. Cargo, empleo, oficio u ocupación. || 8. Uso o destino que tiene algo. || Ministerio de Asuntos Exteriores. m. El que entiende en todo lo concerniente a negocios o relaciones con otras potencias. || Ministerio de Estado. m. El que hoy en España se llama de Asuntos Exteriores. || Ministerio de Fomento. m. El que tuvo a su cargo promover adelantos y mejoras en la agricultura, la industria, el comercio y las obras públicas. Hasta el año 1900 tuvo también a su cargo la instrucción pública. || Ministerio de Gracia y Justicia. m. El que tenía a su cargo los asuntos eclesiásticos y cuanto concernía a la fe pública y a la Administración de Justicia. Actualmente Ministerio de Justicia. || Ministerio de la Gobernación. m. El que tenía a su cargo los ramos de administración local, y demás concernientes al orden interior del Estado. || Ministerio de la Guerra, o Ministerio del Ejército. m. El que dirigía y organizaba la fuerza armada y cuidaba del abastecimiento y guarnición de las plazas y de cuanto concierne a la defensa del Estado. Hoy se llama Ministerio de Defensa. || Ministerio del Interior, o Ministerio de lo Interior. m. En cierta época, Ministerio de la Gobernación. || Ministerio de Ultramar. m. El que tenía a su cargo la administración y gobierno de los territorios ultramarinos españoles. || \ministerio fiscal. m. Der. Órgano que tiene encomendado promover ante los tribunales la acción de la justicia, especialmente mediante la acusación penal y la defensa de la legalidad y del interés público tutelado por la ley. || \ministerio público. m. Der. ministerio fiscal.

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El ministerio es cada una de las partes en las que podemos dividir el gobierno de un país. Por tanto, el gobierno de una nación estará dividido en partes funcionales llamadas ministerios. En un sistema parlamentario la cabeza del gobierno estará el presidente del gobierno, por encima jerárquicamente de todos los ministerios. Éste dictará cuántos ministerios hay, cómo se denominan, qué funciones realiza cada uno y quién está a la cabeza. En el caso de un sistema presidencial los ministros dependen del Presidente (jefe de estado y gobierno a la vez) que es el encargado de nombrarlos y administrarlos y presidir las reuniones del consejo de ministros.

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masculino Funciones, empleo o cargo, esp. noble y elevado.
► Edificio en que radica un departamento ministerial.
► Uso o destino que tiene alguna cosa.
POLÍTICA Cargo de ministro de un Estado y tiempo que dura su ejercicio.
► Cuerpo colegiado constituido por los ministros del Estado.
► Departamento de la administración central del Estado, dirigido por un ministro.

Enciclopedia Universal. 2012.