► sustantivo femenino
1 DERECHO Pertenencia jurídica de una persona a la nación en que ha nacido o en la que se ha nacionalizado:
■ es de nacionalidad francesa; tiene doble nacionalidad.
2 HISTORIA, POLÍTICA Cada uno de los colectivos que, unidos por una solidaridad cultural, lingüística, histórica y a veces racial, no disponen de unidad política propia, o están englobados en otra mayor.
3 POLÍTICA Designación oficial de algunas comunidades autónomas.
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nacionalidad
1 f. Circunstancia de pertenecer una persona a una u otra nación: ‘Español de nacionalidad. De nacionalidad inglesa’. ⇒ Ciudadanía, natural, naturaleza. ➢ Pabellón.
2 Estatuto jurídico que vincula a una persona o entidad a un estado.
3 En la constitución española de 1978, término que designa una comunidad histórica, asentada en determinada región del territorio nacional y con un estatuto de autonomía propio; se aplica esencialmente a Cataluña, Galicia y País Vasco.
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nacionalidad. f. Condición y carácter peculiar de los pueblos y habitantes de una nación. || 2. Estado propio de la persona nacida o naturalizada en una nación. || 3. Esp. Comunidad autónoma a la que, en su Estatuto, se le reconoce una especial identidad histórica y cultural. || 4. Esp. Denominación oficial de algunas comunidades autónomas españolas.
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La nacionalidad es una situación social, cultural y espacial en la que influyen numerosos elementos que definen el escenario político y organizacional de un grupo determinado de personas. Por ser la nacionalidad un hecho social, no puede ser estudiado como un concepto aislado, y no puede entenderse de manera unilateral, por lo que requiere ser entrelazada con muchos otros conceptos de la materia sociológica, de manera que el tema pueda acercarse lo más posible a un concepto palpable.* * *
► femenino Carácter nacional.
► Solida ridad cultural, política e institucional expresada por un grupo humano.
► Estado propio de la persona nacida o naturalizada en un nación.
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Vínculo con una nación o un estado soberano en particular.
Las personas, las empresas, los barcos y las aeronaves tienen nacionalidad. La nacionalidad es inferior a la ciudadanía, en la medida en que esta última implica un conjunto completo de privilegios políticos, no así la primera. Los países tienen derechos limitados para determinar cuáles de sus habitantes serán sus nacionales. Las personas generalmente adquieren su nacionalidad por nacimiento en el territorio de un país determinado, por heredarla de uno o ambos padres o por naturalización. La nacionalidad puede cambiar o aumentar, o una persona puede ser despojada de ella si un país cede a otro el control del territorio donde habita esa persona.
Enciclopedia Universal. 2012.