► sustantivo femenino
1 DERECHO Conjunto de las sentencias de los tribunales y doctrina que contienen:
■ el abogado se ha estudiado toda la jurisprudencia sobre el tema para poder hacer una buena defensa.
2 DERECHO Ciencia del derecho.
3 DERECHO Norma de juicio que suple omisiones de la ley, basada en casos iguales o análogos anteriores.
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jurisprudencia (del lat. «iuris prudentĭa»)
1 f. Ciencia del *derecho. ≃ Jurispericia.
2 Der. Conjunto de *leyes y disposiciones legales sobre cierta materia. ≃ Legislación.
3 («Sentar») Der. Fuente de derecho con que se suplen en algunos casos omisiones de la ley y que consiste en la experiencia de lo hecho o fallado en otros casos iguales o análogos.
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jurisprudencia. (Del lat. iuris prudentĭa). f. Ciencia del derecho. || 2. Conjunto de las sentencias de los tribunales, y doctrina que contienen. || 3. Criterio sobre un problema jurídico establecido por una pluralidad de sentencias concordes.
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Se entiende por jurisprudencia las reiteradas interpretaciones que de las normas jurídicas hacen los tribunales de justicia en sus resoluciones, y constituye una de las Fuentes del Derecho Esto significa que para conocer el contenido cabal de las normas vigentes hay que considerar cómo las mismas se vienen aplicando en cada momento. El estudio de las variaciones de la jurisprudencia a lo largo del tiempo es la mejor manera de conocer las evoluciones en la aplicación de las leyes, quizá con mayor exactitud que el mero repaso de las distintas reformas del derecho positivo que en algunos casos no llegan a aplicarse realmente a pesar de su promulgación oficial.* * *
► femenino Ciencia del derecho.
► DERECHO Criterio constante seguido por el Tribunal Supremo en la aplicación concreta de la ley.
► Una de las fuentes del derecho, que eleva a norma legal el criterio constante de aplicación de la ley por los órganos jurisdiccionales, ya sea interpretando, ya supliendo las lagunas de la misma. A pesar de que en España el Código Civil no la reconoce como fuente de derecho, sientan jurisprudencia y deben ser observadas por los tribunales inferiores, en casos análogos, las sentencias del Tribunal Supremo, siempre que revelen un criterio constante de aplicación de las normas.
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Ciencia o filosofía del derecho.
La jurisprudencia puede dividirse en tres ramas: analítica, sociológica y teórica. La jurisprudencia analítica articula axiomas, define términos, y señala los métodos que permiten abordar mejor el ordenamiento jurídico como un sistema lógico, internamente coherente. La jurisprudencia sociológica examina los efectos reales del derecho al interior de la sociedad y la influencia que ejercen los fenómenos sociales en los aspectos sustantivos y procesales del derecho. La jurisprudencia teórica evalúa y critica el derecho en función de los ideales u objetivos que postula.
Enciclopedia Universal. 2012.